El Ayuntamiento recuerda a los comercios y empresas su obligación de eliminar los residuos de forma selectiva Destacado

La Delegación de Medio Ambiente del Ayuntamiento de La Algaba, a través de su delegada Eva María de la Bastida, ha remitido escritos a los empresarios y autónomos de la localidad para recordarles la obligatoriedad que tienen los establecimientos y negocios de eliminar los residuos de manera selectiva.

Los requisitos para eliminar los residuos están establecidos en la Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Urbanos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia en 2012, que establece que los titulares o detentadores de quioscos, puestos ambulantes, estancos, loterías, terrazas de cafés, bares y restaurantes, así como locales caracterizados por la venta de artículos susceptibles de producir residuos y envoltorios desechables, tienen la obligación de mantener limpia el área afectada por su actividad, así como sus proximidades.

Para favorecer la recogida selectiva de residuos urbanos, el Ayuntamiento recuerda que éstos deberán ser separados por los productores, de la siguiente manera: Residuos orgánicos, que se depositarán en bolsas de plástico, difícilmente desgarrable. Si como consecuencia de una deficiente presentación de los residuos se produjesen vertidos en la vía pública, el causante de ello, será responsable del mismo, estando obligado a su limpieza; los envases ligeros y plásticos se depositarán en el contenedor amarillo; el vidrio, en el de color verde; y el papel y el cartón, en el contenedor de color azul, recordando que en este caso se plegarán las cajas para que ocupen el menor espacio posible dentro del contenedor.

El horario para depositar los residuos de carácter orgánico es el comprendido ‪desde las 22:00 h a las ‪07:00 horas del día siguiente, con independencia del horario de cierre del negocio. Y la Delegación de Medio Ambiente recuerda que todo residuo depositado fuera de dicho horario, será sancionado de acuerdo a la presente ordenanza; mientras que la recogida de envases ligeros, vidrios, papel y cartón, no está sujeto a horario alguno.

Está terminantemente prohibido, verter los aceites y grasas líquidas a la red de saneamiento, y para favorecer dicha tarea, debe contarse con el servicio de una empresa autorizada para tal fin. Al mismo tiempo, el Ayuntamiento tiene instalados, tanto en el municipio como en el Punto Limpio ubicado en la calle Segadoras del Polígono Industrial, en horario ‪de 09:00 a 14:00 horas y ‪de 16:00 a 18:00, varios contenedores destinados a dicha recogida. El incumplimiento de los preceptos indicados en esta ordenanza podrán ser sancionados. Las faltas leves tendrán multas de 30,05 a 300,50 euros y apercibimiento; las graves, multas desde 300,51 hasta 450,76 euros, clausura temporal total o parcial de las instalaciones y cese temporal o parcial de las actividades de que se trate. Y las muy graves, multas desde 450,77 a 601,01 euros, la clausura definitiva, total o parcial de las instalaciones y el cese definitivo, total o parcial de la actividad.

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